Aviso público de la ADA
De acuerdo con los requisitos del título II de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 (“ADA”), el Condado de Ventura no discriminará a personas calificadas con discapacidades por motivos de discapacidad en sus servicios, programas o actividades.
Empleo: El condado de Ventura no discrimina por motivos de discapacidad en sus prácticas de contratación o empleo y cumple con todas las regulaciones promulgadas por la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo de EE. UU. bajo el título I de la ADA.
Comunicación efectiva: El Condado de Ventura generalmente, previa solicitud, proporcionará ayudas y servicios adecuados que conduzcan a una comunicación efectiva para personas calificadas con discapacidades para que puedan participar equitativamente en los programas, servicios y actividades del Condado de Ventura, incluidos intérpretes calificados de lenguaje de señas, documentos en Braille y otras formas de hacer que la información y las comunicaciones sean accesibles para personas con discapacidades del habla, auditivas o visuales.
Modificaciones a las políticas y procedimientos: el condado de Ventura hará todas las modificaciones razonables a las políticas y programas para garantizar que las personas con discapacidades tengan igualdad de oportunidades para disfrutar de todos sus programas, servicios y actividades. Por ejemplo, las personas con animales de servicio son bienvenidas en las oficinas del Condado de Ventura, incluso donde las mascotas generalmente están prohibidas.
Cualquier persona que requiera una ayuda o servicio auxiliar para una comunicación efectiva, o una modificación de políticas o procedimientos para participar en un programa, servicio o actividad del Condado de Ventura, debe comunicarse con la oficina de Mike Pettit, Oficial Ejecutivo Asistente del Condado, Coordinador de ADA. 800 S. Victoria Avenue, Ventura, California, 93009, (805) 654-2864, correo electrónico:CountyExecutiveOffice@ventura.org, lo antes posible pero a más tardar 48 horas antes del evento programado.
La ADA no exige que el Condado de Ventura tome ninguna medida que altere fundamentalmente la naturaleza de sus programas o servicios, o imponga una carga financiera o administrativa indebida. Las quejas de que un programa, servicio o actividad del Condado de Ventura no es accesible para personas con discapacidades deben dirigirse a:
Mike Pettit, funcionario ejecutivo adjunto del condado, coordinador de la ADA
800 S. Victoria Avenue, Ventura, California, 93009(805) 654-2864, correo electrónico: CountyExecutiveOffice@ventura.org
El condado de Ventura no aplicará un recargo a una persona en particular con una discapacidad o a cualquier grupo de personas con discapacidades para cubrir el costo de proporcionar ayudas/servicios auxiliares o modificaciones razonables de la política, como recuperar artículos de lugares que están abiertos al público. pero no son accesibles para personas que usan sillas de ruedas.